La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer una significativa modificación en la gestión del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que promete simplificar la operatoria fiscal de numerosas empresas. A partir del 1 de septiembre de 2025, los responsables inscriptos tendrán la posibilidad de computar las percepciones de IVA no solo en el período fiscal en el que fueron practicadas, sino también en cualquiera de los cinco períodos fiscales siguientes.
La medida quedó plasmada en la Resolución General N° 5750/25, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Esta novedad surge tras reiterados pedidos de entidades empresarias, que argumentaban que los procedimientos de registración y validación documental dificultaban el cumplimiento estricto de los plazos establecidos por la normativa previa.
Desde ARCA señalaron que el objetivo central de esta reforma es reducir los obstáculos administrativos que enfrentan los contribuyentes, brindándoles mayor margen y previsibilidad a la hora de determinar sus obligaciones fiscales. La flexibilización, aseguran, permitirá una gestión más eficiente y sencilla del tributo.
Transformaciones en el Portal IVA
Esta nueva flexibilización se integra al sistema integral y asistido de determinación del IVA, conocido como Portal IVA. Esta plataforma digital centraliza la liquidación del impuesto, permitiendo a los usuarios gestionar sus obligaciones tributarias de manera más ágil y transparente. Con un mayor margen temporal para computar las percepciones, se espera una mejora en la eficiencia del sistema y un entorno más previsible para las empresas.
Principales diferencias con el régimen anterior
Hasta la entrada en vigencia de la nueva resolución, los contribuyentes solo podían computar las percepciones en el período fiscal en el que se practicaban. Ahora, la normativa habilita el uso de esas percepciones en un lapso de hasta cinco períodos fiscales posteriores. Además, contempla una excepción: en determinados casos, será posible aplicarlas en el período fiscal inmediato anterior, siempre que la operación que dio origen a la percepción corresponda a ese lapso y la percepción se haya practicado antes del vencimiento correspondiente.
Otra modificación destacada se refiere al tratamiento de los saldos a favor que puedan generarse a partir del nuevo esquema. Ahora, si del cálculo surge un saldo positivo para el contribuyente, este se considerará un ingreso directo, con la posibilidad de aplicarlo según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de IVA.
Repercusiones en el sector empresarial
La decisión de ARCA fue bien recibida en el sector privado, especialmente entre aquellas empresas que habían manifestado complicaciones para cumplir con los plazos exigidos por el régimen anterior. La extensión de los plazos para computar percepciones se interpreta como una respuesta concreta a un reclamo sostenido, y se espera que contribuya a aliviar la carga administrativa y a mejorar la gestión interna de los tributos.
En síntesis, la reciente resolución de ARCA representa un paso hacia una administración tributaria más flexible y adaptada a las necesidades de los contribuyentes. La próxima implementación del nuevo esquema, junto con la consolidación del Portal IVA, promete facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y ofrecer mayor previsibilidad a las empresas en su operatoria cotidiana.