El Consejo de la Magistratura ya tiene sobre la mesa el proyecto impulsado por los ministros de la Corte Suprema Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti para reformar el reglamento de selección de magistrados. La iniciativa, presentada días atrás en un acto oficial en la sede del máximo tribunal, ingresó formalmente al organismo encargado de los concursos y ahora se abre el interrogante sobre si será tratada con la celeridad que reclama el Poder Judicial.
El texto fue remitido sin la firma del presidente de la Corte, Horacio Rosatti, una ausencia que dejó al descubierto las disputas internas en el Palacio de Tribunales. Rosatti también preside el Consejo de la Magistratura, el cuerpo que debe analizar la propuesta, lo que fue utilizado como argumento formal para justificar su decisión de no rubricar el proyecto. Sin embargo, en los pasillos de Talcahuano reconocen que la explicación no satisfizo a todos y que la movida profundizó una puja que se arrastra desde hace meses.
El lunes, el proyecto fue leído en la Comisión de Selección del Consejo, donde se informó su ingreso sin que hubiera comentarios públicos de los consejeros presentes. El trámite ordinario prevé el giro a las comisiones de Selección y Reglamentación, y se espera que el tema aparezca en la próxima reunión de Labor, aunque de manera preliminar. La expectativa es que llegue al próximo plenario del cuerpo, donde podría recibir un primer debate político más explícito.
Fuentes del Consejo señalaron que la iniciativa expresa la posición institucional de la cabeza del Poder Judicial, pese a no llevar la firma de Rosatti. Desde el entorno de la Corte advierten que si el proyecto no se discute, se desvirtuaría el mandato que el propio tribunal le dio al designarlo como presidente del Consejo. En ese escenario, apuntan directamente a Rosatti: sostienen que una eventual demora o cajoneo implicaría una conducta incompatible con el rol que le asignó la Corte al colocarlo al frente del organismo encargado de seleccionar jueces.
La explicación oficial sobre la ausencia de la firma de Rosatti se apoya en la doble función que ejerce. Se remarca que el Consejo está integrado por veinte miembros, de los cuales sólo cinco representan al estamento judicial: cuatro elegidos por la Asociación de Magistrados y el quinto es justamente el presidente de la Corte. En ese marco, se argumenta que Rosatti no puede intervenir en ambos frentes —como impulsor del proyecto y como votante en el cuerpo que debe resolver— porque eso dejaría al Consejo con un voto menos en la discusión.
El proyecto presentado por Rosenkrantz y Lorenzetti busca modificar el Reglamento para la Selección de Magistrados con un objetivo central: que el mérito y la idoneidad definan el acceso a los cargos judiciales, reduciendo al mínimo los márgenes de discrecionalidad. El texto propone reforzar la evaluación de antecedentes, privilegiando el rendimiento académico de excelencia y el mérito efectivo por encima del simple paso burocrático por cargos o estructuras del sistema.
Uno de los puntos sensibles que la iniciativa pone en debate es el impacto de las entrevistas personales en el orden de mérito final de los concursos. Esa instancia, la última del proceso, ha sido cuestionada por su potencial para alterar posiciones obtenidas en exámenes y antecedentes. La reforma apunta a fijar reglas más claras, predecibles y acotadas para esa etapa, de modo de evitar que se convierta en un espacio de decisiones subjetivas.
Rosenkrantz sintetizó el espíritu del proyecto durante la presentación al afirmar que la idea es identificar a los mejores candidatos mediante una fórmula sencilla: eliminar la discrecionalidad. En la misma línea, Lorenzetti sostuvo que se pretende impedir que la designación de jueces y juezas quede sometida a criterios arbitrarios, oscuros o ligados a intereses poco transparentes, susceptibles de cambiar al ritmo de los vaivenes políticos.
Entre las modificaciones concretas, el texto propone garantizar el anonimato pleno en las pruebas de oposición, con el fin de blindar esa etapa frente a influencias externas o favoritismos. También plantea criterios que refuercen la objetividad, la transparencia y la previsibilidad en todo el proceso, presentados como condiciones indispensables para resguardar la igualdad ante la ley y el debido proceso de quienes compiten en los concursos.
No hay antecedentes de que la Corte Suprema haya enviado un proyecto de reforma del reglamento de selección de magistrados al Consejo de la Magistratura. Sin embargo, fuentes judiciales recuerdan que sí existe una extensa tradición de colaboración entre ambos órganos en materias administrativas, presupuestarias y de superintendencia. Esta vez, la intervención del máximo tribunal se concentra en el corazón del sistema de designación de jueces, un terreno donde el debate sobre la influencia política y la transparencia se mantiene abierto desde hace años.
En el Consejo conviven actualmente otras catorce iniciativas vinculadas al régimen de concursos, por lo que algunos consejeros deslizan que podría optarse por incorporar sólo parte de las propuestas de la Corte a los proyectos ya existentes. La señal que dé Rosatti en el próximo plenario será clave: si menciona el proyecto como uno de los asuntos relevantes ingresados o si decide omitirlo, un gesto que en el propio organismo consideran revelador del rumbo que tomará la discusión.


