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    Moratoria impositiva en CABA: cómo acceder a los beneficios y quiénes pueden regularizar deudas

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    La Ciudad de Buenos Aires habilitará un nuevo plan de moratoria impositiva, impulsado por el jefe de Gobierno Jorge Macri y sancionado por la Legislatura porteña con el respaldo de bloques opositores como el peronismo y La Libertad Avanza. El objetivo central es ofrecer un alivio a los contribuyentes, permitiendo regularizar deudas fiscales acumuladas hasta el 31 de agosto de 2025 bajo condiciones favorables.

    La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), liderada por Germán Krivocapich, reglamentó la iniciativa a través de la resolución 461. El plan, conocido formalmente como Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, comenzará a regir el 3 de noviembre de 2025 y estará vigente hasta el 31 de enero de 2026, aunque la AGIP puede extenderlo otros 90 días.

    ¿Qué deudas se pueden regularizar?

    La moratoria abarca prácticamente todas las obligaciones tributarias vencidas bajo jurisdicción de la AGIP, tanto en proceso administrativo como judicial. Esto incluye los tributos más relevantes para los porteños: Ingresos Brutos, ABL, impuesto inmobiliario, patentes de automotor, y otros gravámenes locales.

    El régimen permite incorporar multas con sentencia firme y brinda la posibilidad de reformular planes de pago vigentes, salvo algunas excepciones. Sin embargo, hay exclusiones expresas: no podrán acceder quienes estén en quiebra sin continuidad de explotación, condenados por delitos tributarios firmes o acuerdos homologados, ni agentes de recaudación por montos retenidos.

    Cuotas, beneficios y condonaciones

    Una de las principales ventajas de esta moratoria radica en la condonación parcial o total de intereses y sanciones, además de ofrecer plazos de financiación de hasta 48 cuotas. Los beneficios varían según el tipo de contribuyente y el momento de adhesión:

    • Contribuyentes generales: Si eligen pagar al contado dentro de los primeros 30 días, obtendrán una condonación del 100% de intereses. El porcentaje disminuye progresivamente hasta un 40% si se adhieren después de 81 días. En cuotas, la condonación oscila entre el 70% y el 30%, según la fecha de ingreso.
    • Grandes contribuyentes: El pago al contado en los primeros 30 días ofrece una condonación del 70% de intereses, bajando al 30% pasado el día 81. Si optan por cuotas, el rango va del 60% al 10% de condonación, dependiendo del momento de adhesión.

    Las tasas de financiación serán del 2% mensual para contribuyentes generales y 3% para grandes contribuyentes, con un piso de $5.000 por cuota.

    Casos judiciales y penales

    En situaciones donde la deuda está en instancia judicial, el interesado deberá adherirse por cada juicio, incluyendo la totalidad de la deuda. Al hacerlo, se suspenden los plazos procesales y se levantan las medidas cautelares, aunque es obligatorio abonar la tasa de justicia y los gastos y honorarios correspondientes, que pueden financiarse hasta en seis cuotas.

    Para quienes estén involucrados en causas por delitos tributarios, el ingreso al régimen detiene la acción penal mientras dure el plan. Si se completa la regularización, la causa se extingue; si el plan caduca, la acción penal continúa.

    Causales de caducidad y pérdida de beneficios

    El régimen perderá vigencia si el contribuyente deja de pagar dos cuotas (consecutivas o alternadas) en un plazo de 60 días desde el vencimiento de la segunda, o si no cancela la cuota final de la cancelación anticipada. En esos casos, se restablecen intereses, sanciones y cualquier acción judicial interrumpida.

    Cómo adherirse

    La adhesión se realiza exclusivamente a través de www.agip.gob.ar con clave miBA Nivel 3. El contribuyente deberá declarar sus deudas, elegir plan de pago y, si corresponde, informar sus datos bancarios para el débito automático. Es fundamental respetar los plazos: el pago al contado debe hacerse antes del día 10 del mes siguiente a la adhesión, y la primera cuota de un plan también vence en esa fecha.

    Claves para analizar si conviene adherirse

    El tributarista Sebastián M. Domínguez recomienda evaluar cuidadosamente el momento de adhesión, ya que hacerlo temprano maximiza la condonación de intereses. Además, sugiere realizar un diagnóstico fiscal integral, considerar el impacto penal, revisar y comparar los planes de pago vigentes, planificar el flujo de fondos y consultar con un asesor. Esta moratoria representa una oportunidad relevante en un contexto de alta presión fiscal y costos financieros crecientes.

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