El Poder Ejecutivo nacional aprobó un esquema de asistencia financiera para doce provincias por un monto total de hasta $400.000 millones durante el Ejercicio Fiscal 2026, con el objetivo de cubrir problemas de liquidez de corto plazo en las cuentas públicas locales.
La medida quedó formalizada mediante el Decreto 219/2026 del Ministerio de Economía, publicado este lunes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei y del titular de la cartera económica, Luis Caputo. El texto se apoya en las facultades conferidas al Ejecutivo por la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto y por la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos.
Según los considerandos del decreto, distintas administraciones provinciales informaron que atraviesan dificultades transitorias para afrontar sus gastos más urgentes, así como obligaciones derivadas de la amortización de deuda. Ante ese escenario, el Gobierno nacional resolvió instrumentar un mecanismo de anticipos de fondos para brindar una respuesta inmediata a esas necesidades de financiamiento.
Doce provincias alcanzadas por el auxilio
El artículo 1° de la norma habilita a la Secretaría de Hacienda, dependiente del Ministerio de Economía, a otorgar anticipos financieros a las provincias de Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y Tucumán.
El monto máximo global de la asistencia se fijó en $400.000 millones para el año 2026. Sin embargo, el decreto precisa que la suma que recibirá cada jurisdicción no será uniforme, sino que será definida por la Secretaría de Hacienda en función de la capacidad de repago de cada provincia. Ese cálculo tomará como referencia la participación que cada distrito tiene en la recaudación de los tributos nacionales.
Intereses y devolución vía coparticipación
El esquema de devolución está detallado en el artículo 2°. Allí se establece que los anticipos serán cancelados, junto con los intereses, mediante la afectación automática de la coparticipación federal de impuestos y de otros recursos coparticipables que no tengan un destino específico.
La tasa de interés fijada para estos préstamos es del 15% nominal anual, de carácter fija. De esta manera, la Nación recuperará los fondos prestados descontándolos directamente de las transferencias que les corresponden a las provincias por el régimen de coparticipación.
El decreto también exige que cada jurisdicción beneficiaria autorice formalmente al Estado nacional a efectuar esas retenciones, como condición para acceder a los anticipos. Esa autorización deberá garantizar que el Tesoro nacional pueda cobrar tanto el capital adelantado como los intereses devengados.
Facultades de Hacienda y acuerdos individuales
La norma otorga a la Secretaría de Hacienda amplias atribuciones para definir los detalles operativos del programa. Entre otras cuestiones, podrá establecer las condiciones de los desembolsos, los plazos y modalidades de cancelación y las restantes cláusulas aplicables a los anticipos.
Hacienda queda facultada, además, para suscribir acuerdos particulares con cada provincia. Esos convenios permitirán adaptar el esquema general a la situación específica de cada distrito, siempre dentro del marco fijado por el decreto.
En el plano contable, el artículo 5° instruye a la Contaduría General de la Nación a registrar las erogaciones que se realicen en concepto de anticipos de la Tesorería General. Cada desembolso deberá imputarse a la provincia correspondiente, a efectos de dejar asentado el crédito a favor del Estado nacional.
Extensión del esquema a Entre Ríos
Además del nuevo programa para las doce provincias, el Decreto 219/2026 introduce una modificación sobre una asistencia ya vigente. En su tramo final, la norma ajusta el artículo 2° del Decreto 922/2025, mediante el cual se había otorgado un anticipo financiero a la provincia de Entre Ríos.
El cambio apunta a unificar criterios: se aplicará a Entre Ríos la misma tasa de interés del 15% nominal anual y los mismos mecanismos de recuperación de fondos que regirán para las demás jurisdicciones. El objetivo declarado es “ajustar en equidad a todas las jurisdicciones”, de modo que todas las provincias beneficiadas queden sometidas a un esquema homogéneo de costos y devolución.
El decreto entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y se inscribe en la estrategia del Gobierno nacional de atender problemas de liquidez subnacionales a través de anticipos que luego se recuperan por la vía de la coparticipación, sin alterar los parámetros generales del Presupuesto.


