El Gobierno nacional oficializó este jueves el nuevo texto actualizado del “Marco Regulatorio” que regirá el servicio de agua potable y desagües cloacales en la Ciudad de Buenos Aires y 26 partidos del conurbano bonaerense. La medida, que llega en el contexto de la inminente privatización de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA), fue formalizada a través del Decreto 805/2025 rubricado por el presidente Javier Milei y todos los ministros, y publicada en el Boletín Oficial.
La actualización del marco regulatorio fue elaborada por el Ministerio de Economía y reemplaza el texto anterior, incorporando las modificaciones introducidas en decretos recientes que forman parte del proceso de privatización de la empresa estatal. Entre los cambios técnicos más relevantes se encuentra la corrección de errores materiales, como el invertido uso de los términos “medido” y “no medido” en la definición del “cargo por construcción” dentro del artículo 20 del Anexo E, lo que impacta directamente en el cálculo de las facturaciones.
El Anexo I del decreto, publicado en la versión digital del Boletín Oficial, detalla el nuevo marco regulatorio que reconoce explícitamente el acceso al agua como derecho humano. El preámbulo de la normativa establece que el servicio debe brindarse con justicia, eficiencia y profesionalismo, y subraya la obligación de los organismos intervinientes de garantizar la transparencia y los controles necesarios a favor de los usuarios.
El área de aplicación del nuevo marco abarca tanto la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como los partidos bonaerenses de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, Ezeiza, Escobar, Florencio Varela, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Malvinas Argentinas, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López. Asimismo, incluye el servicio de recepción de efluentes en bloque de Berazategui.
El texto establece principios rectores para la prestación del servicio, como la eficiencia, equidad, continuidad, transparencia, calidad y acceso universal. Además, dispone que las tarifas sean “justas y razonables”, permitiendo cubrir los costos operativos y las inversiones que aseguren la calidad y expansión del servicio.
En cuanto a los organismos de control y planificación, el marco regula el rol del Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) y la Agencia de Planificación (APLA), responsables de velar por el cumplimiento de los estándares y la adecuada planificación de la prestación. Estos entes tendrán la misión de garantizar que la privatización no afecte los derechos de los usuarios y que la operatoria se mantenga dentro de los parámetros establecidos.
La medida se basa en la Ley 27.742, que en meses anteriores declaró a AySA “sujeta a privatización” y facultó al Poder Ejecutivo para llevar adelante el proceso en un plazo máximo de ocho meses. El procedimiento debe regirse por los principios de transparencia, competencia, máxima concurrencia y eficiencia, según lo estipulado en la normativa. Actualmente, las acciones para concretar la venta de la empresa son coordinadas por la Unidad Ejecutora Especial “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” bajo la órbita del Ministerio de Economía.
El Decreto 805/2025 ya está vigente y fue remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso Nacional para su evaluación, tal como exige la Ley 26.122 sobre decretos de necesidad y urgencia. De este modo, el Gobierno avanza en el proceso de transformación del sector de agua y saneamiento, con la mira puesta en la inminente privatización de AySA y en el establecimiento de un renovado marco normativo que apunte a la eficiencia y la protección de los derechos de los usuarios.


