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    Gas Natural Licuado: el fallo que golpea a Julio De Vido y apunta a Roberto Baratta como pieza clave del esquema de comisiones

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    El Tribunal Oral Federal (TOF) 7 dio a conocer una resolución de casi mil páginas en la que fundamentó las condenas contra el ex ministro de Planificación Julio De Vido y su ex número dos, Roberto Baratta, por las maniobras en torno a la importación de Gas Natural Licuado (GNL) entre 2008 y 2009. Los jueces Germán Castelli, Fernando Canero y Enrique Méndez Signori ratificaron las penas de 4 años de prisión para De Vido y de 3 años y 6 meses para Baratta, y ordenaron además el reintegro solidario de casi 5 millones de dólares al Estado.

    El fallo, basado en la acusación de la fiscal Fabiana León, reconstruye el rol central de Baratta en el esquema de compras de GNL impulsado durante el gobierno de Cristina Kirchner. En ese período, el entonces subsecretario de Coordinación del Ministerio de Planificación y jefe de la Unidad Ejecutora del Programa Energía Total (PET) ocupó una posición estratégica en la adquisición de 11 cargamentos de gas licuado, varios de ellos canalizados a través de intermediarios privados cuya intervención no fue debidamente justificada.

    Los jueces remarcan que Baratta no sólo diseñó las reglas de juego del programa, sino que también estuvo involucrado en las negociaciones de los contratos más sensibles. Entre ellos se destacan el acuerdo firmado entre ENARSA e YPF el 13 de marzo de 2008 y el celebrado con Repsol Comercializadora de Gas el 4 de abril de ese mismo año. Estos convenios habilitaron compras directas de GNL y contemplaron el pago de comisiones duplicadas, que luego se convirtieron en uno de los principales puntos de cuestionamiento.

    La sentencia detalla que Baratta dictó normas clave para el funcionamiento del PET, como la Disposición 30/2008 y la Instrucción 932/2008, que definieron el rol de ENARSA como unidad operativa del programa. Sin embargo, la fiscalía sostuvo que, lejos de actuar como garante, permitió y convalidó un esquema que prescindió de licitaciones, competencia entre oferentes y controles sobre la razonabilidad de los costos.

    El tribunal incorporó al análisis correos electrónicos que muestran que Baratta seguía en tiempo real las gestiones con las firmas intermediarias Contrater Consulting, Diligentia y Dysan. Estas compañías recibieron más de seis millones de dólares en comisiones. En los intercambios de mails, fechados entre junio y agosto de 2008, el ex funcionario aparece copiado o mencionado de forma directa, lo que para la acusación demuestra su conocimiento y supervisión del mecanismo utilizado.

    Según el fallo, Baratta incumplió las obligaciones que le imponía el propio Programa Energía Total: no impidió ni corrigió las contrataciones cuestionadas de ENARSA, permitió la intervención de intermediarios sin antecedentes sólidos –entre ellos los vinculados a la familia Dromi–, demoró la reglamentación necesaria y avaló un procedimiento que generó un perjuicio millonario para el Estado nacional.

    El TOF 7 subraya que seis de los cargamentos de GNL fueron provistos por Repsol Comercializadora de Gas S.A., que cobró una comisión por “gestión y comercialización”, mientras que YPF S.A., perteneciente al mismo grupo societario, percibió un concepto idéntico por al menos tres de esos buques. Es decir, se pagaron comisiones dobles por las mismas operaciones.

    Los otros cinco cargamentos se concretaron en 2009 mediante un contrato entre ENARSA y Contrater Consulting S.L., calificado en el fallo como “espurio”. De acuerdo con la resolución, Roberto Dromi y su hijo, Roberto Nicolás Dromi San Martino, intervinieron de manera encubierta desde el origen del acuerdo, lo que luego les permitió aparecer formalmente a través de cesiones de derechos y nuevos contratos.

    En el caso de Dysan y Diligentia, representadas por Dromi y Dromi San Martino, el tribunal consideró probado que percibieron comisiones indebidas por un total de 4.791.600 dólares, vinculadas a la descarga en 2009 de tres buques de GNL provistos por Morgan Stanley en el puerto de Bahía Blanca. Estas maniobras, según el fallo, se realizaron en connivencia y coordinación con De Vido, Baratta y Exequiel Omar Espinosa, ya fallecido.

    Los jueces también remarcan que, aun cuando la crisis energética y la ola de frío de 2008 se habían superado, De Vido y Baratta mantuvieron la modalidad de compras directas de GNL sin recurrir a licitaciones. Para el TOF 7, las nuevas provisiones debieron canalizarse mediante procesos competitivos que permitieran la participación de los principales proveedores del mercado internacional.

    Además de las penas de prisión y el resarcimiento económico, el tribunal ordenó el decomiso de sumas en efectivo encontradas durante los allanamientos. En el caso de De Vido, se dispuso confiscar 40.510 dólares hallados en un departamento de avenida Libertador al 2200, en la ciudad de Buenos Aires, además de 4,65 euros y 7.150 pesos secuestrados en una chacra del barrio Puerto Panal, en Zárate. Respecto de Baratta, se ordenó el decomiso de 15.000 pesos, 27.000 euros y 25.276 dólares secuestrados en un domicilio de la calle José Hernández al 2000, en la Capital, y de 136.500 pesos encontrados en una propiedad del barrio privado Mapuche Club, en Pilar.

    La fundamentación del TOF 7 se suma al complejo frente judicial de Baratta, hoy en libertad mientras enfrenta el juicio por los cuadernos de las coimas, donde se lo señala como principal recaudador del kirchnerismo, y múltiples procesamientos vinculados a YCRT, obras de AySA y desvíos de fondos del Ministerio de Planificación. El ex funcionario, que comenzó como chofer de Néstor Kirchner y llegó a integrar el directorio de YPF en representación del Estado, vuelve a quedar en el centro de la escena judicial por su papel en la trama del GNL.

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