El gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) anunció la implementación de un nuevo régimen de regularización de deudas fiscales que estará vigente desde el 3 de noviembre de 2025 hasta el 31 de enero de 2026. Esta medida, aprobada a través de la Ley 6.842 y reglamentada por la Resolución 461/25 de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), busca dar alivio a los contribuyentes afectados por obligaciones impagas hasta el 31 de agosto de 2025.
La moratoria es de alcance general y permite regularizar deudas vinculadas a impuestos como Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotores, ABL y otras tasas y contribuciones municipales, sin importar si están en etapa administrativa o judicial. Además, la AGIP podrá extender el plazo de adhesión por única vez, hasta un máximo de 90 días adicionales.
Beneficios para los contribuyentes
Uno de los aspectos más destacados de este régimen es la significativa condonación de recargos, multas y sanciones. Los contribuyentes que se adhieran podrán beneficiarse con la eliminación de hasta el 100% de los intereses resarcitorios y punitorios asociados a las deudas, dependiendo del momento en que decidan regularizar su situación. Cuanto antes se acojan, mayor será el porcentaje de condonación de intereses, incentivando la pronta adhesión al plan.
El programa contempla también la suspensión de medidas cautelares, el cese de acciones penales relacionadas con las obligaciones fiscales regularizadas y, en algunos casos, la extinción de la causa penal tras la cancelación total. Los agentes de recaudación que se sumen no serán objeto de nuevos sumarios.
Modalidades de pago y requisitos
Los contribuyentes podrán optar por cancelar la deuda en un solo pago o acceder a planes de financiación de hasta 48 cuotas mensuales, con un interés del 2% mensual sobre el saldo. Los agentes de recaudación tendrán un límite máximo de seis cuotas para saldar sus compromisos. En el caso de grandes contribuyentes, el interés de financiación se eleva al 3% mensual. La cuota mínima establecida es de $5.000.
El proceso de adhesión es completamente digital y se realiza a través del sitio oficial de la AGIP (www.agip.gob.ar). Para ingresar, los interesados deberán contar con la Clave miBA Nivel 3, un Domicilio Fiscal Electrónico y estar adheridos al sistema de boleta electrónica. Además, si se elige la modalidad en cuotas, será necesario informar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria desde la cual se debitarán los pagos.
¿A quiénes alcanza la medida?
Este régimen está dirigido tanto a personas físicas como jurídicas y abarca a todos los responsables de tributos cuya administración corresponde a la AGIP. También pueden sumarse los agentes de recaudación y ciertos casos especiales determinados por la normativa.
La adhesión puede ser total o parcial, permitiendo que los contribuyentes elijan qué obligaciones desean regularizar, aunque los beneficios aplican en proporción al alcance del acogimiento.
La iniciativa representa un esfuerzo del gobierno porteño por fortalecer la recaudación fiscal y, al mismo tiempo, ofrecer una salida ordenada a quienes mantienen deudas con el fisco. Con importantes quitas en intereses y sanciones, la moratoria busca incentivar la regularización voluntaria y reducir la litigiosidad en materia tributaria.
Para más información sobre requisitos y condiciones específicas, los contribuyentes pueden consultar el portal oficial de la AGIP o comunicarse por los canales habituales de atención al ciudadano.


